lunes, 4 de febrero de 2008

Registros Públicos reduce plazos en títulos de atención rápida

Con la finalidad de mejorar los servicios registrales, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) – Sede Trujillo, ahora califica los expedientes de inscripción de títulos hasta en dos días hábiles como máximo.
"Buscamos promover y garantizar la seguridad jurídica de los actos y derechos de personas jurídicas y naturales. Por ello, continuamos adoptando una serie de medidas, como la reducción de plazos de atención, a fin de brindar un servicio de calidad, simplificado y de fácil acceso", señaló el Dr. Benjamín Yep Maeda, Jefe de los Registros Públicos en La Libertad.
Ahora los usuarios podrán recoger los resultados de su trámite (inscripción, observaciones o tachas) a partir de las tres de la tarde del primer y segundo día hábil de su ingreso. Para ello, es requisito que los títulos se presenten utilizando el formulario blanco de "Título Rápido". En el caso de constitución de sociedades y asociaciones se debe adjuntar en un CD el contenido de los estatutos de la persona jurídica a inscribir.
Los resultados de la calificación registral son entregados al primer día hábil siguiente de su presentación para los casos de: Bloqueo registral, compra venta e hipoteca de un predio; numeración de finca de un predio, constitución de sociedad e inscripciones de reserva de denominación de sociedad.
En el Registro de Propiedad Vehicular, el resultado de la calificación se entrega al día siguiente de presentada la solicitud en los casos de un vehículo: Duplicado de tarjeta, duplicado de orden de placas y cambio de color de vehículo.
En el segundo día hábil siguiente a la fecha de su presentación, se entregan los títulos vehiculares (compra venta, donación, anticipo y cambio de motor) sólo de un vehículo. Asimismo, las anotaciones de sucesión intestada notarial, inscripción de testamentos y, constitución de asociaciones; renuncia y nombramiento de un gerente; resolución judicial de divorcio, de interdicción y nombramiento de curador. Asimismo, subdivisión y acumulación de predios (hasta cuatro lotes).


En lo que respecta a publicidad registral, las copias simples se atienden al instante; los certificados literales (dominio, títulos archivados, partidas), en una hora como máximo. Asimismo, en sólo dos horas se expiden los certificados compendiosos como son: gravamen (inmobiliario y mobiliario), propiedad única, vigencia de poder (personas naturales y jurídicas), negativo de testamento e intestado y certificado registral inmobiliario.
Agregó que según el Art. 37 del Reglamento General de los Registros Públicos, cada Zona Registral está facultada para establecer plazos distintos a los previstos en dicha norma. "Por esta razón hemos dispuesto, bajo este marco normativo, unificar en una sola Resolución Gerencial los actos inscribibles que a la fecha están siendo atendidos en un día hábil y en dos días hábiles", puntualizó.

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